Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local

Artículos 121 a 140

Test de 30 preguntas con su explicación. Pulsa una respuesta para corregirla.

Pregunta 1 · Artículo 127

Según el artículo 127.1.a) de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local en los municipios de gran población:

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Correcta: c) El artículo 127 de la LRBRL dispone: «La aprobación de los proyectos de ordenanzas y de los reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones».
Por qué no las demás: Las opciones A, B y D no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 127 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 127
1. Corresponde a la Junta de Gobierno Local:
a) La aprobación de los proyectos de ordenanzas y de los reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones.
b) La aprobación del proyecto de presupuesto.
c) La aprobación de los proyectos de instrumentos de ordenación urbanística cuya aprobación definitiva o provisional corresponda al Pleno.
d) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas expresamente al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
e) La concesión de cualquier tipo de licencia, salvo que la legislación sectorial la atribuya expresamente a otro órgano.
f) (Derogada)
g) El desarrollo de la gestión económica, autorizar y disponer gastos en materia de su competencia, disponer gastos previamente autorizados por el Pleno, y la gestión del personal.
h) Aprobar la relación de puestos de trabajo, las retribuciones del personal de acuerdo con el presupuesto aprobado por el Pleno, la oferta de empleo público, las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo, el número y régimen del personal eventual, la separación del servicio de los funcionarios del Ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 99 de esta ley, el despido del personal laboral, el régimen disciplinario y las demás decisiones en materia de personal que no estén expresamente atribuidas a otro órgano.
La composición de los tribunales de oposiciones será predominantemente técnica, debiendo poseer todos sus miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas. Su presidente podrá ser nombrado entre los miembros de la Corporación o entre el personal al servicio de las Administraciones públicas.
i) El nombramiento y el cese de los titulares de los órganos directivos de la Administración municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional octava para los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.
j) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia.
k) Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos.
l) Ejercer la potestad sancionadora salvo que por ley esté atribuida a otro órgano.
m) Designar a los representantes municipales en los órganos colegiados de gobierno o administración de los entes, fundaciones o sociedades, sea cual sea su naturaleza, en los que el Ayuntamiento sea partícipe.
n) Las demás que le correspondan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
2. La Junta de Gobierno Local podrá delegar en los Tenientes de Alcalde, en los demás miembros de la Junta de Gobierno Local, en su caso, en los demás concejales, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares, las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g), h) con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la oferta de empleo público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y l) del apartado anterior.

Pregunta 2 · Artículo 131.2

Según el artículo 131 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al Consejo Social de la Ciudad corresponderán las funciones:

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Correcta: c) El artículo 131.2 de la LRBRL establece que al Consejo Social de la Ciudad le corresponderá la emisión de informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo económico local, planificación estratégica de la ciudad y grandes proyectos urbanos, además de las funciones que determine el Pleno mediante normas orgánicas.

Pregunta 3 · Artículo 123

Según el artículo 123.1.g de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Pleno del Ayuntamiento en los municipios de gran población:

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Correcta: a) El artículo 123 de la LRBRL dispone: «La determinación de los recursos propios de carácter tributario».

Pregunta 4 · Artículo 126

Según la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en los municipios de gran población, corresponde al Alcalde:

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Correcta: b) El artículo 126.2 de la Ley 7/1985 establece que los miembros de la Junta de Gobierno Local son nombrados y separados libremente por el Alcalde, y que su número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del Alcalde.

Pregunta 5 · Artículo 129

¿En que artículo de la Ley de Bases de Régimen Local se encuentran regulada la asesoria jurídica?

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Correcta: b) El artículo 129 de la Ley 7/1985 regula la existencia y funciones de la asesoría jurídica en los municipios de gran población.

Pregunta 6 · Artículo 136

Según el artículo 136.1 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, la función pública de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria corresponderá a un órgano administrativo con la denominación de:

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Correcta: b) El artículo 136 de la LRBRL dispone: «Intervención general municipal».
Por qué no las demás: Las opciones A, C y D no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 136 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 136
1. La función pública de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, en su triple acepción de función interventora, función de control financiero y función de control de eficacia, corresponderá a un órgano administrativo, con la denominación de Intervención general municipal.
2. La Intervención general municipal ejercerá sus funciones con plena autonomía respecto de los órganos y entidades municipales y cargos directivos cuya gestión fiscalice, teniendo completo acceso a la contabilidad y a cuantos documentos sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.
3. Su titular será nombrado entre funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Pregunta 7 · Artículo 124

Según el artículo 124.4.a de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Alcalde, en los municipios de gran población, entre otras funciones:

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Correcta: d) El artículo 124 de la LRBRL dispone: «Representar al ayuntamiento».

Pregunta 8 · Artículo 121.1

¿Tienen consideración de municipio de Gran Población aquellos que de conformidad con el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local?

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Correcta: c) Ninguna de las opciones a o b es correcta porque omiten requisitos esenciales del artículo 121.1 de la LRBRL. La opción a omite que para las capitales de provincia, capitales autonómicas o sedes de instituciones autonómicas que no superen los 175.000 habitantes, se exige que su población supere los 75.000 habitantes (según el art. 121.2). La opción b omite que para los municipios de más de 100.000 habitantes con circunstancias especiales se requiere obligatoriamente la decisión de las Asambleas Legislativas correspondientes a iniciativa del ayuntamiento. Al estar incompletas y faltarles elementos jurídicos determinantes, la respuesta correcta es la c.

Pregunta 9 · Artículo 124

Según el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Alcalde podrá delegar mediante decreto sus competencias en la Junta de Gobierno Local, en sus miembros, en los demás concejales y, en su caso, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares, con excepción de las señaladas en los párrafos:

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Correcta: d) El artículo 124 de la LRBRL dispone: «b), e), h) y j), así como la de convocar y presidir la Junta de Gobierno Local, decidir los empates con voto de calidad y la de dictar bandos».
Por qué no las demás: Las opciones A, B y C no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 124 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 124
1. El Alcalde ostenta la máxima representación del municipio.
2. El Alcalde es responsable de su gestión política ante el Pleno.
3. El Alcalde tendrá el tratamiento de Excelencia.
4. En particular, corresponde al Alcalde el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Representar al ayuntamiento.
b) Dirigir la política, el gobierno y la administración municipal, sin perjuicio de la acción colegiada de colaboración en la dirección política que, mediante el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas que le son atribuidas por esta ley, realice la Junta de Gobierno Local.
c) Establecer directrices generales de la acción de gobierno municipal y asegurar su continuidad.
d) Convocar y presidir las sesiones del Pleno y las de la Junta de Gobierno Local y decidir los empates con voto de calidad.
e) Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
f) Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del ayuntamiento.
g) Dictar bandos, decretos e instrucciones.
h) Adoptar las medidas necesarias y adecuadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.
i) Ejercer la superior dirección del personal al servicio de la Administración municipal.
j) La Jefatura de la Policía Municipal.
k) Establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo c) del apartado 1 del artículo 123.
l) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
m) Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos.
n) La autorización y disposición de gastos en las materias de su competencia.
ñ) Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y aquéllas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales.
5. El Alcalde podrá delegar mediante decreto las competencias anteriores en la Junta de Gobierno Local, en sus miembros, en los demás concejales y, en su caso, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares, con excepción de las señaladas en los párrafos b), e), h) y j), así como la de convocar y presidir la Junta de Gobierno Local, decidir los empates con voto de calidad y la de dictar bandos. Las atribuciones previstas en los párrafos c) y k) sólo serán delegables en la Junta de Gobierno Local.

Pregunta 10 · Artículo 121

Según el artículo 121.1.a) de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, las normas del Título X (régimen de organización de los municipios de gran población) serán de aplicación a los municipios cuya población supere:

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Correcta: d) El artículo 121 de la LRBRL dispone: «Los 250.000 habitantes».
Por qué no las demás: Las opciones A, B y C no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 121 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 121
1. Las normas previstas en este título serán de aplicación:
a) A los municipios cuya población supere los 250.000 habitantes.
b) A los municipios capitales de provincia cuya población sea superior a los 175.000 habitantes.
c) A los municipios que sean capitales de provincia, capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas.
d) Asimismo, a los municipios cuya población supere los 75.000 habitantes, que presenten circunstancias económicas, sociales, históricas o culturales especiales.
En los supuestos previstos en los párrafos c) y d), se exigirá que así lo decidan las Asambleas Legislativas correspondientes a iniciativa de los respectivos ayuntamientos.
2. Cuando un municipio, de acuerdo con las cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal aprobadas por el Gobierno con referencia al 1 de enero del año anterior al del inicio de cada mandato de su ayuntamiento, alcance la población requerida para la aplicación del régimen previsto en este título, la nueva corporación dispondrá de un plazo máximo de seis meses desde su constitución para adaptar su organización al contenido de las disposiciones de este Título.
A estos efectos, se tendrá en cuenta exclusivamente la población resultante de la indicada revisión del padrón, y no las correspondientes a otros años de cada mandato.
3. Los municipios a los que resulte de aplicación el régimen previsto en este título, continuarán rigiéndose por el mismo aun cuando su cifra oficial de población se reduzca posteriormente por debajo del límite establecido en esta ley.

Pregunta 11 · Artículo 123

Según el artículo 123.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en los municipios de gran población, los acuerdos del Pleno no sujetos a mayoría absoluta se adoptarán por:

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Correcta: a) El artículo 123 de la LRBRL dispone: «Mayoría simple de votos».

Pregunta 12 · Artículo 128

Según el artículo 128.1 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, los ayuntamientos de municipios de gran población deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, dotadas de órganos de gestión desconcentrada, para impulsar y desarrollar:

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Correcta: c) El artículo 128 de la LRBRL dispone: «La participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales y su mejora».
Por qué no las demás: Las opciones A, B y D no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 128 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 128
1. Los ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, dotadas de órganos de gestión desconcentrada, para impulsar y desarrollar la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales y su mejora, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio.
2. Corresponde al Pleno de la Corporación la creación de los distritos y su regulación, en los términos y con el alcance previsto en el artículo 123, así como determinar, en una norma de carácter orgánico, el porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios de la corporación que deberán gestionarse por los distritos, en su conjunto.
3. La presidencia del distrito corresponderá en todo caso a un concejal.

Pregunta 13 · Artículo 123

Según el artículo 123.1.a) de la LRBRL, corresponde al Pleno de los municipios de gran población:

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Correcta: c) El artículo 123 de la LRBRL dispone: «El control y la fiscalización de los órganos de gobierno».

Pregunta 14 · Artículo 130

En base al artículo 130 LBRL no son órganos directivos municipales los siguientes:

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Correcta: b) Los miembros de la Junta de Gobierno Local son órganos de gobierno, no órganos directivos. El artículo 130 define específicamente quiénes tienen la consideración de órganos directivos en municipios de gran población.

Pregunta 15 · Artículo 137

Según el artículo 137.5 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el funcionamiento del órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas se basará en criterios de:

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Correcta: c) El artículo 137 de la LRBRL dispone: «Independencia técnica, celeridad y gratuidad».

Pregunta 16 · Artículo 127

Según el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde también a la Junta de Gobierno Local de un municipio de gran población:

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Correcta: a) El artículo 127 de la LRBRL dispone: «Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas expresamente al Pleno».

Pregunta 17 · Artículo 140

Según el artículo 140.2.b) de la LRBRL, las infracciones a las ordenanzas locales que no sean muy graves se clasificarán en graves y leves, de acuerdo, entre otros, con el criterio de:

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Correcta: c) El artículo 140 de la LRBRL dispone: «La intensidad de la perturbación causada a la salubridad u ornato públicos».

Pregunta 18 · Artículo 122

Según el artículo 122.1 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, en los municipios de gran población, el Pleno, formado por el Alcalde y los Concejales, es:

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Correcta: c) El artículo 122 de la LRBRL dispone: «El órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal».
Por qué no las demás: Las opciones A, B y D no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 122 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 122
1. El Pleno, formado por el Alcalde y los Concejales, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal.
2. El Pleno será convocado y presidido por el Alcalde, salvo en los supuestos previstos en esta ley y en la legislación electoral general, al que corresponde decidir los empates con voto de calidad. El Alcalde podrá delegar exclusivamente la convocatoria y la presidencia del Pleno, cuando lo estime oportuno, en uno de los concejales.
3. El Pleno se dotará de su propio reglamento, que tendrá la naturaleza de orgánico. No obstante, la regulación de su organización y funcionamiento podrá contenerse también en el reglamento orgánico municipal.
En todo caso, el Pleno contará con un secretario general y dispondrá de Comisiones, que estarán formadas por los miembros que designen los grupos políticos en proporción al número de concejales que tengan en el Pleno.
4. Corresponderán a las comisiones las siguientes funciones:
a) El estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno.
b) El seguimiento de la gestión del Alcalde y de su equipo de gobierno, sin perjuicio del superior control y fiscalización que, con carácter general, le corresponde al Pleno.
c) Aquéllas que el Pleno les delegue, de acuerdo con lo dispuesto en esta ley.
En todo caso, serán de aplicación a estas Comisiones las previsiones contenidas para el Pleno en el artículo 46.2, párrafos b), c) y d).
5. Corresponderá al secretario general del Pleno, que lo será también de las comisiones, las siguientes funciones:
a) La redacción y custodia de las actas, así como la supervisión y autorización de las mismas, con el visto bueno del Presidente del Pleno.
b) La expedición, con el visto bueno del Presidente del Pleno, de las certificaciones de los actos y acuerdos que se adopten.
c) La asistencia al Presidente del Pleno para asegurar la convocatoria de las sesiones, el orden en los debates y la correcta celebración de las votaciones, así como la colaboración en el normal desarrollo de los trabajos del Pleno y de las comisiones.
d) La comunicación, publicación y ejecución de los acuerdos plenarios.
e) El asesoramiento legal al Pleno y a las comisiones, que será preceptivo en los siguientes supuestos:
1.º Cuando así lo ordene el Presidente o cuando lo solicite un tercio de sus miembros con antelación suficiente a la celebración de la sesión en que el asunto hubiere de tratarse.
2.º Siempre que se trate de asuntos sobre materias para las que se exija una mayoría especial.
3.º Cuando una ley así lo exija en las materias de la competencia plenaria.
4.º Cuando, en el ejercicio de la función de control y fiscalización de los órganos de gobierno, lo solicite el Presidente o la cuarta parte, al menos, de los Concejales.
Dichas funciones quedan reservadas a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional. Su nombramiento corresponderá al Presidente en los términos previstos en la disposición adicional octava, teniendo la misma equiparación que los órganos directivos previstos en el artículo 130 de esta ley, sin perjuicio de lo que determinen a este respecto las normas orgánicas que regulen el Pleno.

Pregunta 19 · Artículo 123

Según el artículo 123.1.b) de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Pleno de los municipios de gran población:

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Correcta: c) El artículo 123 de la LRBRL dispone: «La votación de la moción de censura al Alcalde y de la cuestión de confianza planteada por éste».
Por qué no las demás: Las opciones A, B y D no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 123 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 123
1. Corresponden al Pleno las siguientes atribuciones:
a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
b) La votación de la moción de censura al Alcalde y de la cuestión de confianza planteada por éste, que será pública y se realizará mediante llamamiento nominal en todo caso y se regirá en todos sus aspectos por lo dispuesto en la legislación electoral general.
c) La aprobación y modificación de los reglamentos de naturaleza orgánica. Tendrán en todo caso naturaleza orgánica:
La regulación del Pleno.
La regulación del Consejo Social de la ciudad.
La regulación de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.
La regulación de los órganos complementarios y de los procedimientos de participación ciudadana.
La división del municipio en distritos, y la determinación y regulación de los órganos de los distritos y de las competencias de sus órganos representativos y participativos, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar la organización y las competencias de su administración ejecutiva.
La determinación de los niveles esenciales de la organización municipal, entendiendo por tales las grandes áreas de gobierno, los coordinadores generales, dependientes directamente de los miembros de la Junta de Gobierno Local, con funciones de coordinación de las distintas Direcciones Generales u órganos similares integradas en la misma área de gobierno, y de la gestión de los servicios comunes de éstas u otras funciones análogas y las Direcciones Generales u órganos similares que culminen la organización administrativa, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el número de cada uno de tales órganos y establecer niveles complementarios inferiores.
La regulación del órgano para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas.
d) La aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales.
e) Los acuerdos relativos a la delimitación y alteración del término municipal; la creación o supresión de las entidades a que se refiere el artículo 45 de esta ley; la alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de denominación de éste o de aquellas Entidades, y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.
f) Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales.
g) La determinación de los recursos propios de carácter tributario.
h) La aprobación de los presupuestos, de la plantilla de personal, así como la autorización de gastos en las materias de su competencia. Asimismo, aprobará la cuenta general del ejercicio correspondiente.
i) La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística.
j) La transferencia de funciones o actividades a otras Administraciones públicas, así como la aceptación de las delegaciones o encomiendas de gestión realizadas por otras Administraciones, salvo que por ley se impongan obligatoriamente.
k) La determinación de las formas de gestión de los servicios, así como el acuerdo de creación de organismos autónomos, de entidades públicas empresariales y de sociedades mercantiles para la gestión de los servicios de competencia municipal, y la aprobación de los expedientes de municipalización.
l) Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos y disposiciones de carácter general.
m) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa jurídica del Pleno en las materias de su competencia.
n) Establecer el régimen retributivo de los miembros del Pleno, de su secretario general, del Alcalde, de los miembros de la Junta de Gobierno Local y de los órganos directivos municipales.
ñ) El planteamiento de conflictos de competencia a otras entidades locales y otras Administraciones públicas.
o) Acordar la iniciativa prevista en el último inciso del artículo 121.1, para que el municipio pueda ser incluido en el ámbito de aplicación del título X de esta ley.
p) Las demás que expresamente le confieran las leyes.
2. Se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros del Pleno, para la adopción de los acuerdos referidos en los párrafos c), e), f), j) y o) y para los acuerdos que corresponda adoptar al Pleno en la tramitación de los instrumentos de planeamiento general previstos en la legislación urbanística.
Los demás acuerdos se adoptarán por mayoría simple de votos.
3. Únicamente pueden delegarse las competencias del Pleno referidas en los párrafos d), k), m) y ñ) a favor de las comisiones referidas en el apartado 4 del artículo anterior.

Pregunta 20 · Artículo 136

Según el artículo 136.2 de la LRBRL, la Intervención general municipal ejercerá sus funciones con plena autonomía respecto de:

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Correcta: b) El artículo 136 de la LRBRL dispone: «Los órganos y entidades municipales y cargos directivos cuya gestión fiscalice».

Pregunta 21 · Artículo 137

Según el artículo 137.1.b) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al órgano especializado para la resolución de reclamaciones económico-administrativas:

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Correcta: d) El artículo 137 de la LRBRL dispone: «El dictamen sobre los proyectos de ordenanzas fiscales».

Pregunta 22 · Artículo 126

Según el artículo 126.2 de la LRBRL, el número de miembros de la Junta de Gobierno Local no podrá exceder, además del Alcalde, de:

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Correcta: a) El artículo 126 de la LRBRL dispone: «Un tercio del número legal de miembros del Pleno».

Pregunta 23 · Artículo 123

Tendrán en todo caso naturaleza orgánica los siguientes reglamentos (indique la respuesta incorrecta):

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Correcta: c) En los municipios de gran población, el artículo 123.1.c) de la LBRL establece que el Pleno tiene la atribución de aprobar reglamentos orgánicos, pero la resolución de reclamaciones de responsabilidad patrimonial no tiene por qué estar regulada por un reglamento de naturaleza orgánica, sino que es una competencia procedimental general.

Pregunta 24 · Artículo 121

Según el artículo 121.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando un municipio alcance la población requerida para la aplicación del régimen de gran población, la nueva corporación dispondrá de un plazo máximo de seis meses desde su constitución para:

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Correcta: b) El artículo 121 de la LRBRL dispone: «Adaptar su organización al contenido de las disposiciones de este Título».

Pregunta 25 · Artículo 134

Según el artículo 134.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el titular o titulares del órgano u órganos que ejerzan las funciones de presupuestación, contabilidad, tesorería y recaudación deberá ser un funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional:

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Correcta: b) El artículo 134 de la LRBRL dispone: «Salvo el del órgano que desarrolle las funciones de presupuestación».

Pregunta 26 · Artículo 132

Señale la respuesta correcta:

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Correcta: b) El artículo 132.1 de la Ley 7/1985 establece que la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones existe en los municipios señalados en el título X de dicha ley (municipios de gran población), y en aquellos otros en que el Pleno así lo acuerde por mayoría absoluta del número legal de miembros o lo disponga su Reglamento orgánico.

Pregunta 27 · Artículo 124

Según el artículo 124.2 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, en los municipios de gran población, el Alcalde es responsable de su gestión política ante:

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Correcta: a) El artículo 124 de la LRBRL dispone: «El Pleno».
Por qué no las demás: Las opciones B, C y D no se ajustan a lo dispuesto en el artículo 124 de la LRBRL.
Normativa: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
Artículo: Artículo 124
1. El Alcalde ostenta la máxima representación del municipio.
2. El Alcalde es responsable de su gestión política ante el Pleno.
3. El Alcalde tendrá el tratamiento de Excelencia.
4. En particular, corresponde al Alcalde el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Representar al ayuntamiento.
b) Dirigir la política, el gobierno y la administración municipal, sin perjuicio de la acción colegiada de colaboración en la dirección política que, mediante el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas que le son atribuidas por esta ley, realice la Junta de Gobierno Local.
c) Establecer directrices generales de la acción de gobierno municipal y asegurar su continuidad.
d) Convocar y presidir las sesiones del Pleno y las de la Junta de Gobierno Local y decidir los empates con voto de calidad.
e) Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
f) Ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos de los órganos ejecutivos del ayuntamiento.
g) Dictar bandos, decretos e instrucciones.
h) Adoptar las medidas necesarias y adecuadas en casos de extraordinaria y urgente necesidad, dando cuenta inmediata al Pleno.
i) Ejercer la superior dirección del personal al servicio de la Administración municipal.
j) La Jefatura de la Policía Municipal.
k) Establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo c) del apartado 1 del artículo 123.
l) El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
m) Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos.
n) La autorización y disposición de gastos en las materias de su competencia.
ñ) Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y aquéllas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales.
5. El Alcalde podrá delegar mediante decreto las competencias anteriores en la Junta de Gobierno Local, en sus miembros, en los demás concejales y, en su caso, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares, con excepción de las señaladas en los párrafos b), e), h) y j), así como la de convocar y presidir la Junta de Gobierno Local, decidir los empates con voto de calidad y la de dictar bandos. Las atribuciones previstas en los párrafos c) y k) sólo serán delegables en la Junta de Gobierno Local.

Pregunta 28 · Artículo 123

Según el artículo 123.1.f de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Pleno del Ayuntamiento en los municipios de gran población:

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Correcta: c) El artículo 123 de la LRBRL dispone: «Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales».

Pregunta 29 · Artículo 123.1

De conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la LRBRL, señale la respuesta CORRECTA:

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Correcta: c) El artículo 123.1.c) de la Ley 7/1985 (LRBRL) atribuye al Pleno la aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales, añadiendo que esta competencia podrá delegarse en las comisiones a que se refiere el artículo 122.4.

Pregunta 30 · Artículo 124

Según el Titulo X de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en los municipios de gran población la Jefatura de la Policía Local corresponde a:

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Correcta: b) En el régimen de municipios de gran población, el artículo 124.4.i) atribuye expresamente al Alcalde la jefatura de la Policía Local.

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Preguntas de los bancos de Local Andalucía y Administrativo Local, muchas de exámenes oficiales. Las leyes cambian: comprueba siempre el texto consolidado de Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local en el BOE.