Cómo presentar la solicitud a una oposición de ayuntamiento, paso a paso
Guía de PlazasConvocatorias · actualizada el 18/10/2026
La primera criba de una oposición no es el examen: es la lista de admitidos. Cada convocatoria deja fuera a gente que cumplía los requisitos pero presentó mal la solicitud. Este es el orden que conviene seguir.
1. Lee las bases enteras (sí, enteras)
Las bases están en el boletín provincial y cada ficha de PlazasConvocatorias enlaza a ellas. Antes de nada, busca:
- Requisitos: nacionalidad, edad mínima y titulación. Con carácter general, el artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) exige tener 16 años y no superar la edad de jubilación, salvo que la ley establezca otra cosa, y poseer la titulación exigida. Cada plaza puede añadir requisitos propios (por ejemplo, permisos de conducir).
- Forma y lugar de presentación: muchas bases exigen hacerlo por la sede electrónica del ayuntamiento.
- Tasa: importe, cómo pagarla y si hay exenciones o reducciones.
- Documentación: qué hay que adjuntar con la solicitud y qué se presenta solo si apruebas.
- Plazo: cuántos días y desde cuándo se cuentan.
2. Cuenta bien el plazo
Si las bases hablan de días hábiles, se excluyen los sábados, los domingos y los festivos, y el plazo empieza el día siguiente a la publicación (artículo 30 de la Ley 39/2015). Si el último día es inhábil, se pasa al siguiente hábil. Si hablan de días naturales, cuentan todos. Cuando dudes, la calculadora de fin de plazo te da una fecha orientativa, pero no descuenta los festivos locales: no lo dejes para el último día.
3. Paga la tasa (y guarda el justificante)
La tasa por derechos de examen la fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal, igual que sus exenciones (son habituales para personas desempleadas o con discapacidad, pero dependen de cada ordenanza). No pagarla, pagar menos o no acreditar la exención en plazo es una de las causas de exclusión más frecuentes, y en muchas bases no se puede subsanar después.
4. Presenta la solicitud
Las solicitudes pueden presentarse en el registro electrónico de la administración y en los demás lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (registros de otras administraciones, oficinas de Correos y otros), salvo que las bases obliguen a una vía concreta. En la práctica:
- Por sede electrónica: necesitarás certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Prepáralo antes; darse de alta en Cl@ve puede llevar días.
- En papel, si las bases lo permiten: pide que te sellen una copia con la fecha.
- Descarga y guarda el justificante de registro. Es tu prueba de que lo presentaste en plazo.
5. Vigila la lista provisional de admitidos
Terminado el plazo, el ayuntamiento publica una lista provisional de admitidos y excluidos y abre un plazo corto para subsanar errores (las bases dicen cuántos días). Si apareces excluido por un error subsanable —un documento que faltaba, un dato mal puesto—, ese es el momento de arreglarlo. Después llega la lista definitiva.
Los errores que más gente deja fuera
- Presentar el último día y que la sede electrónica falle.
- No pagar la tasa o no acreditar la exención en plazo.
- No adjuntar lo que las bases piden con la solicitud.
- No mirar la lista provisional y perder el plazo para subsanar.
- Presentarse a una plaza sin tener todavía la titulación exigida a la fecha que fijan las bases.
Preguntas frecuentes
¿Se cuentan los sábados en el plazo de solicitudes?
Si las bases fijan el plazo en días hábiles, no: se excluyen sábados, domingos y festivos (artículo 30 de la Ley 39/2015). Si lo fijan en días naturales, sí.
¿Dónde se puede presentar la solicitud?
Donde digan las bases. Si no limitan la vía, en los lugares del artículo 16.4 de la Ley 39/2015: registro electrónico, registros de otras administraciones u oficinas de Correos, entre otros.
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